Profesional altamente calificada, con importante experiencia y trayectoria en el área de familia y penal. Dedicada a realizar informes periciales sociales en materias sociojurídicas y mediaciones en materias de familia y salud.
La ley 19.968 en su artículo 103, indica que es aquel sistema de resolución de conflictos en el que un tercero imparcial, sin poder decisorio, llamado mediador, ayuda a las partes a buscar por sí mismas una solución al conflicto y sus efectos, mediante acuerdos la que una vez aprobada por el juez, tendrá valor de sentencia ejecutoriada.
El perito es un experto en una determinada materia que, gracias a sus conocimientos, actúa como fuente de consulta para la resolución de conflictos. En un juicio, pueden encontrarse peritos judiciales (que son nombrados por el juez) y peritos de parte (propuestos por los involucrados).
La Ley N° 19.966 creó un sistema de mediación previo y obligatorio para todas las personas que deseen ejercer acciones jurisdiccionales contra prestadores de salud para obtener la reparación de los daños ocasionados en el cumplimiento de sus funciones de otorgamiento de prestaciones de carácter asistencial. En el caso de los prestadores privados de salud, dicho proceso lo realiza la Superintendencia de Salud, a través de mediadores inscritos en un registro a cargo de dicha institución.
Noticias, promociones, consejos y datos relacionados a Mediación y Peritaje
Realice un acuerdo en materia de familia por solo $50.000 / Fije una pensión de alimentos por el monto que Ud. necesite sin un juicio y que el juez se lo imponga. Económico, rápido y a su medida. También puede hacer un cese de pensión, fijar “visitas” con sus hijos, regular el cuidado personal. OFERTA […]